Este es el texto del acuerdo
Por: Elespectador.com
Los nueve puntos del acta firmada este viernes en la madrugada por los actores de la negociación.
1. Los proyectos de Decretos de fecha 17 de enero y 11 de febrero del año 2011 se retiran y se reemplazarán con el nuevo proyecto de Decreto que surja de la mesa de diálogo y concertación, la cual funcionará hasta el día 15 de junio del presente año. El nuevo Decreto estará basado en el documento CONPES 3489 de octubre de 2007, con el cual se debe migrar a un sistema regulatorio basado en los costos operativos y la intervención del Estado cuando existan fallas de mercado que así lo ameriten.
2. Que mientras se producen los acuerdos producto de dicha concertación, el Gobierno Nacional mantendrá plenamente vigentes en su integridad las disposiciones y regulación vigente sobre la materia.
3. Que para la construcción del mecanismo regulatorio se dispondrá de amplio diálogo y concertación sin tema alguno vedado, a través de las mesas de concertación dispuestas por el Ministerio de Transporte con la participación de todos los integrantes de la cadena, siendo dicho escenario el único formal para avanzar con dicha concertación hasta el día 15 de junio del presente año.
4. De conformidad con la norma andina el Gobierno Nacional se compromete hacer efectivo el control del cabotaje de vehículos de carga extranjera, aplicando para ello la regulación andina vigente y normas concordantes.
5. Se promoverá a través de la Cancillería de Colombia el funcionamiento de comisiones Binacionales que tengan como fin la regulación del transporte de carga pesada a nivel internacional con participación de representantes de la cadena productiva del transporte de este sector, y representantes del sector de Hidrocarburos.
6. En la mesa de concertación se tratará lo referente a la política de combustibles Diesel.
7. En la mesa de concertación se tratará también lo referente al modelo de reposición del parque automotor que brinde permanencia, sostenibilidad y democratización de los propietarios.
8. El Gobierno se compromete a dar aplicación de manera inmediata a la prescripción de los comparendos con arreglo a la ley. El Ministerio de Transporte, en su calidad de autoridad rectora del sector transporte y tránsito en el orden Nacional, se compromete a reglamentar las condiciones para la prescripción de oficio de comparendos de tránsito en concordancia con lo dispuesto en la ley.
9. Como consecuencia de la firma del presente Acuerdo se levanta de manera inmediata y se pone fin al paro camionero a nivel Nacional
El presente acuerdo tendrá el seguimiento y aval del Vicepresidente de la República que a su vez actuara como garante de las mesas de concertación.
La presente acta se firma por:
Por el Gobierno Nacional:
ANGELINO GARZON - GERMAN CARDONA GUTIERREZ
Vicepresidente de la República - Ministro de Transporte
Por la Asociación Colombiana de Camioneros ACC:
PEDRO AGUILAR RODRIGUEZ - RICARDO VIRVIESCAS SERRANO
Presidente de la ACC - Secretario General de la ACC
Fuente: este texto fue enviado al Observatorio SEGVIAL BOYACÁ, vía correo electrónico, por la Ingeniera Carmen del Tránsito Segura. El título fue editado para esta publicación.(19-02-2011)
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