sábado, 10 de diciembre de 2011

¿CONOCEMOS LAS NORMAS SOBRE CIRCULACIÓN? *

Posted: 26 Nov 2011 06:04 AM PST
drogas al volante por rosas verdes
Como el sábado pasado os hablé sobre el alcohol y sus efectos en la conducción, hoy, no me queda más remedio que hablar sobre estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas para terminar con las normas que afectan al comportamiento de los conductores. En lo que respecta a las drogas, el Reglamento General de Circulación distingue dos artículos que corresponden con tres tipos distintos de sanciones.
Por un lado, dar positivo en un control de drogas por la vía administrativa tras demostrarse que con anterioridad o durante la conducción se ha ingerido algún tipo de sustancia tóxica. Y las otras dos sanciones por la vía penal, en los supuestos de la negativa a someterse a las pruebas de detección de drogas, así como el hecho de conducir con síntomas o bajo la influencia de drogas tóxicas bajo signos evidentes y con resultado positivo.
El Reglamento General de Circulación, dice:
No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro

Al volante, ni droga ni alcohol

Es el título de este vídeo para explicar de que la droga está detrás de muchos de los accidentes mortales que se producen en las carreteras. Como dije en el anterior artículo en relación a la incompatibilidad del alcohol al volante, con drogas pasa exactamente igual. Las consecuencias se pueden leer en esta noticia de actualidad. Por tanto, la combinación: drogas más alcohol es una receta que puede llevarte desde un ambiente de fiesta hasta un escenario que comienza en el lugar de los hechos y termina en la cárcel.
Las drogas son sustancias capaces de alterar el comportamiento de las personas, produciendo en ellas un estado de dependencia física y psíquica y que afectan a las sensaciones, a las percepciones sensoriales y al comportamiento. De ahí, que conducir bajo sus efectos suponen riesgos evidentes de sufrir un accidente. Conozcamos los tipos de drogas existentes:
  • Las Depresoras, como la morfina, heroína, metadona, cannabis, éxtasis líquido y tranquilizantes, actúan en el sistema nervioso central afectando a la visión, provocando conducciones arriesgadas y violentas al volante. Disminuyen la capacidad de reacción del individuo y a los mandos de cualquier vehículo, en este estado, se tiende a provocar conducciones violentas al volante.
  • Las Estimulantes, como la anfetamina, cocaína y éxtasis, producen estimulación y excitación en el individuo que puede llegar a tomar decisiones arriesgadas por el aumento en la actividad neuronal y de las funciones corporales. A los mandos de cualquier vehículo, en este estado, se tiende a aumentar la velocidad y provocar situaciones arriesgadas.
  • Las Alucinógenas, como la marihuana, LSD y antidepresivos, producen una disminución de la reacción, de los reflejos e incluso causan desorientación por afectar de forma notablemente a la percepción del individuo. A los mandos de cualquier vehículo, en este estado, se tiende a perder la concentración y a sentirse fatigado.
Cocaine Por Valerie Everett

Supuestos de la obligación a someterse a las pruebas de drogas:

Son cuatros casos en los que estamos obligados, como conductores de cualquier vehículo o como ciclistas, a cumplir con las instrucciones de los agentes de la autoridad en sus funciones de vigilancia del tráfico sobre las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por drogas:
  • Si nos vemos implicados directamente como posible responsable en un siniestro de tráfico,
  • si nos aprecian, mientras conducimos cualquier vehículo, con síntomas evidentes de ir bajo la influencia de cualquier droga,
  • si cometemos alguna infracción al reglamento general de circulación,
  • y por último, si nos da el alto cualquier agente de tráfico en un control preventivo establecido.
El Código Penal en una de sus modificaciones, dice:
El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años
En consecuencia, negarse a cumplir con las instrucciones de los agentes de la autoridad es perder el tiempo. Incluso, sabemos que en los casos de resultar lesionados tras un siniestro en la red viaria y quedar inconsciente, los agentes de tráfico para determinar las responsabilidades de los conductores implicados pueden solicitar de oficio al Centro Médico las muestras biológicas extraídas con fines terapéuticos a los accidentados.
De esta manera, con el análisis clínico se podrá determinar si la persona en cuestión ha ingerido o incorporado a su organismo alguna o algunas de las sustancias descritas, así como los parámetros y el grado de intoxicación presentado. ¿Y esto, es legal? Pues sí. Existen sentencias que hablan sobre la utilización de muestras de sangre obtenidas con fines terapéuticos para la investigación de delitos contra la seguridad vial. Dichas extracciones de muestras de sangre, siempre que se hagan mediante decisiones judiciales motivadas, no vulneran los derechos a la integridad física, ni a la intimidad personal de la persona examinada.

Tú decides, ¿cómo quieres acabar la noche?

Fiesta Por PixelManiatiK
La Ley de Enjuiciamiento Criminal, dice que:
Las pruebas para detectar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en los conductores de vehículos a motor y ciclomotores serán realizadas por agentes de la policía judicial de tráfico con formación específica y sujeción, asimismo, a lo previsto en las normas de seguridad vial. Cuando el test indiciario salival, al que obligatoriamente deberá someterse el conductor, arroje un resultado positivo o el conductor presente signos de haber consumido las sustancias referidas, estará obligado a facilitar saliva en cantidad suficiente, que será analizada en laboratorios homologados, garantizándose la cadena de custodia
De madrugada, salimos de la zona de marcha y el ambiente incita a seguir pasándolo bien. Pero como es tarde y alguien ha recordado la hora, no queda más remedio que regresar a casa. Como de costumbre, falta organizar el regreso sin contar con aquellos que se han perdido de vista por los motivos que suponemos. Al final, de camino a casa, tropezamos con un control policial y ya en la cola, mientras avanzamos, vemos la señal vertical de: Verificación Control de Alcoholemia.
Se trata de los controles disuasorios que tienen como objetivo presionar a aquellos que consumen algún tipo de sustancia prohibida cuando conducen. De alguna manera, estos controles garantizan la seguridad de los conductores que vamos bien al volante eliminado así el sentimiento de impunidad sobre los conductores que han decidido perderse por el camino y sin tener en cuenta las reglas del juego.

Los efectos de las drogas en la conducción

drogas al volante por rosas verdes
Un 10% de los accidentes se produce por la mezcla de alcohol y drogas, un cóctel fatídico al volante que afecta sobre todo a personas entre 16 y 30 años
Es importante saber que cuando el consumidor de una droga deja de consumirla durante algún tiempo, aparece lo que se llama “síndrome de abstinencia”. Bajo este estado, se producen una serie de alteraciones del comportamiento y fisiológicas que pueden resultar tan peligrosas como los propios efectos de las drogas. De ahí, que tengamos en cuenta nuestra capacidad para conducir respetando el tratamiento y seguimiento médico.
La cocaína, opiácios, benzodiacepina, cannabis, anfetaminas y metanfetaminas son los tipos de sustancias que detecta el test en las pruebas de detección de drogas tóxicas estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Además, conocemos sus efectos traducidos en situaciones de riesgo durante la conducción, tanto para el conductor y los ocupantes del vehículo como para el resto de vehículos y personas que circulan por las inmediaciones.
Por otro lado, de todos los efectos de las drogas comentados, también va a influir en gran en medida a la conducción, otros factores como: la cantidad y calidad de lo que se ha ingerido, la vía por la que se ingiere, la edad y estado psicofísico de la persona, las posibles mezclas, el tiempo de toma de la sustancia, así como el proceso metabolizador.
Pues bien, si tenemos claro cómo puede influir las drogas en la conducción, lo mejor será planificar la noche y barajar la posibilidad de utilizar transportes seguros o con personas que sepamos que no han consumido ningún tipo de sustancia. Esperar un rato a que se nos pasen los efectos no es la solución. Que no decidan por tí, es tu vida.

Fuente: Revista Circula Seguro

observamoslaseguridadvial@gmail.com

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